El Instituto Nacional de
Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual
(INDECOPI) sancionó a la empresa Bembos S.A.C., por no adoptar medidas
de seguridad suficientes en el área de juegos de uno de sus establecimientos,
lo que ocasionó que un niño sufriera un accidente.
Los padres del menor
denunciaron que su hijo cayó desde una pera colgante, hecho que le produjo lesiones
en el brazo izquierdo.
La empresa denunciada
manifestó que la referida zona de juegos contaba con un recubrimiento especial,
capaz de amortiguar las eventuales caídas de aquellos que treparan a la pera
colgante. Agregó que el accidente se produjo debido a que el niño realizó un
uso inadecuado del juego, lo cual no debió haber sido permitido por sus padres.
En ese sentido, la Sala
Especializada en Protección al Consumidor señaló que, si bien verificó
que el piso de la zona de juegos estaba recubierto, este no era suficiente para
amortiguar alguna caída pues se usaba una espuma blanda de 2 centímetros
de espesor. Así, el recubrimiento no resultó idóneo, ya que se acreditó que el
niño sufrió lesiones.
De acuerdo a las normas de
protección al consumidor todo proveedor ofrece una garantía implícita por los
productos y servicios que comercializa y ofrece en el mercado, los cuales deben
resultar idóneos para los fines y usos previsibles para los que normalmente se
adquieren en el mercado.
En esa dirección, el INDECOPI
multó a Bembos S.A.C. con 5 UIT (18 mil 500 nuevos soles). Además, estableció
como medida correctiva, que el proveedor cumpla con reembolsar al denunciante
la suma de 1 528 soles por los gastos en la atención médica del menor.
Asimismo, la empresa
mencionada deberá acondicionar las áreas de juegos de sus locales con
colchonetas o similares cuando la estructura del juego contemple la posibilidad
de caídas de los menores.
Lima, 16 de setiembre de
2013
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